Foto de: Libertaddigital

Este recurso presentado por Irene Montero, ministra de Igualdad, ha sido desestimado por la Audiencia Provincial de Madrid. En él se aludía a la concejal de VOX, Cristina Gómez como responsable de un delito de coacciones y acoso. Sin embargo, la justicia ha determinado que estos hechos “carecen de relevancia penal”.

En este documento, Montero hacía público su malestar debido a las caceroladas diarias que se organizaron frente a su domicilio en el periodo de dos meses y cinco días. Hechos a los que se suman la publicación de imágenes tomadas en estas concentraciones y que circularon por redes sociales como Twitter.

Sin embargo, los magistrados de la Audiencia Provincial han ratificado el sobreseimiento de las actuaciones, comprendiendo que “los hechos no se corresponden con la acción de hostigamiento y por tanto, carecen de relevancia penal”.

Además justifican su decisión apelando a “la forma misma en la que se anunciaba la convocatoria (pública) de las caceroladas a través de redes sociales, los datos ofrecidos en el anuncio sobre el día y la hora en que iban a tener lugar, la propia localización, a saber, al aire libre y en zona de campo; el horario y su duración acotada en el tiempo y mediando una distancia aproximada de unos 30 metros frente a la valla del inmueble familiar de la querellada”.

Por lo tanto, se considera que la concentración “se desarrollaba en cualquier caso al margen de que la querellada y sus convocados, tuvieran conocimiento de si la querellante, su pareja o sus hijos se encontraban – o no –  en el domicilio”.

Por otro lado, en esta resolución también se argumenta que los hechos que se comentan carecen de enjundia y peso penal al manifestar que “cuando la apelante describe la repercusión de índole personal de tal conducta que provocó que no saliera a pasear con sus hijos menores, o no poder salir al jardín por los fuertes ruidos…” “e incluso la repercusión de índole política, afirmando cómo inevitablemente, se le hace más difícil el importante papel encomendado por la ciudadanía”.

Este auto es firme y no permite recurso de ningún tipo.

Cabe destacar que estos hechos tuvieron lugar en plena pandemia del Covid y atañendo también al vicepresidente del Gobierno, Pablo Iglesias, cónyuge de la señora Montero, así como a sus gemelos de 2 años.

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